Deducciones del IRPF en la Comunidad de Madrid, en 2011:
Para “familias” con 2 (o más) “descendientes”, e “ingresos reducidos”:
· Requisitos para aplicar la deducción:
Que los contribuyentes tengan:
a) 2 o más descendientes, que generen a su favor el derecho a aplicar el mínimo por descendientes.
b) Y que los contribuyentes tengan bases imponibles del IRPF (general y del ahorro) cuya suma sea igual o inferior a 24.000 euros.
Se adicionarán las bases imponibles del IRPF de los descendientes que dan derecho a la deducción.
· Importe de la deducción:
Podrán aplicar una deducción del 10 por 100 del importe resultante de minorar la cuota íntegra autonómica en el resto de las deducciones autonómicas aplicables en la Comunidad de Madrid y la parte de deducciones estatales que se apliquen sobre dicha cuota íntegra autonómica.
Fecha:
Febrero de 2011.
Fuente:
· Artículo 3, artículo 14 y artículo 18.4 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, del Consejo de Gobierno, vigente en 2011.
El contenido de este sitio web tiene únicamente propósitos informativos, por lo que no constituye asesoramiento legal. Mostramos información, ideas generales y opiniones sobre determinados temas con objeto de dar una simple orientación a las personas que acceden a nuestra web.
La normativa está en constante cambio y la información aquí mostrada puede no ser completa o correcta, dependiendo de la fecha de acceso y de las circunstancias particulares de cada supuesto en concreto. Por ello, le aconsejamos que acuda a un profesional para aplicar a cada caso concreto esas ideas generales, opiniones o información mostradas en la web.