Deducción "por obras de mejora" en "viviendas" en 2011:
Es una deducción estatal para particulares en 2011.
En 2011 existe una importante novedad en esta deducción respecto de 2010.
Dicha novedad consiste en que hay que distinguir los 2 supuestos siguientes en el año 2011:
A) Vivienda habitual:
En 2011 (año completo) se aplica la misma regulación que en 2010 (desde el 14/04/2010).
B) Resto de las viviendas:
Se les aplica también la deducción, pero sólo por las cantidades pagadas a partir del 07/05/2011 (hasta 31/12/2011).
Esta regulación se aplica en 3 años, que son 2010, 2011 y 2012, pero en dichos años se aplican 2 regulaciones diferentes, como explicamos a continuación.
En este apartado de la web analizamos en profundidad la aplicación de esta deducción en 2011, año en que procede distinguir los 2 supuestos siguientes:
A) La vivienda habitual:
Se aplica a las cantidades pagadas en el año 2011 la misma regulación de esta deducción que se aplicaba en 2010 (desde el 14/04/2010).
· Requisitos para aplicar la deducción:
a) En el contribuyente:
Su base imponible del IRPF en 2011 ha de ser inferior a 53.007,20 euros anuales.
b) En las obras de mejora en la VH:
1. Estas obras han de realizarse en la VH o en el edificio en que se encuentra dicha VH.
Así, en esta deducción se aplican los mismos requisitos para la VH que en la deducción por inversión en VH.
Por tanto, para consolidar la deducción por obras de mejora en la VH se ha de residir en la vivienda durante un plazo continuado de, al menos, 3 años. En caso contrario la vivienda no se considera VH.
No obstante, se admiten determinadas circunstancias que permiten residir un plazo inferior a 3 años:
- Fallecimiento del contribuyente.
- O bien que concurran circunstancias que necesariamente exijan el cambio de vivienda, tales como separación matrimonial, traslado laboral, obtención de primer empleo o de empleo más ventajoso, u otras análogas.
2. Dichas obras han de realizarse y pagarse durante 2011.
Así, al aplicar la deducción de 2011 sólo se tienen en cuenta las cantidades satisfechas por la obra durante 2011.
3. El objeto de estas obras ha de ser:
· La mejora de la eficiencia energética, la higiene, salud y protección del medio ambiente, la utilización de energías renovables, la seguridad y la estanqueidad y, en particular, la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros.
· O bien favorecer la accesibilidad al edificio o a las viviendas, cumpliendo determinados requisitos legales.
· O bien la instalación de infraestructuras de telecomunicación que permitan el acceso a Internet y a servicios de televisión digital en la VH.
4. Medios de pago a las personas o entidades que realizan las obras:
· Tarjetas de crédito o débito.
· Transferencia bancaria.
· Cheque nominativo.
· Ingreso en cuentas de entidades de crédito.
· Importe de la deducción:
Resulta de aplicar el porcentaje de deducción a la base de deducción.
· Porcentaje de deducción:
10 por 100.
· Base de la deducción:
La base de la deducción en 2011 es la suma de las cantidades satisfechas por el contribuyente por las referidas obras durante 2011.
Las siguientes cantidades pagadas en el período mencionado no se incluyen en la base de deducción (no dan derecho a deducción):
a) Las cantidades pagadas en efectivo por las obras.
b) Cuando las obras se realicen en plazas de garaje, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos.
c) Las cantidades por las que el contribuyente practique la deducción por inversión en VH.
Es decir, existe incompatibilidad entre la deducción por obras de mejora en la VH y la deducción por inversión en VH:
Ambas deducciones se han regulado de forma que no se solapen (que no existan casos en que sea posible aplicar ambas deducciones). Pero en caso de que se produjera el solapamiento, el contribuyente elegiría la deducción a aplicar de las dos.
La ventaja de la deducción por obras de mejora en la VH es que no se exige el reconocimiento expreso por la Comunidad Autónoma (que corresponda) de la obra de mejora realizada.
Límites máximos de la base de deducción:
Existen 2 límites máximos:
1) Límite máximo de la base “acumulada” de la deducción en los 3 años en que se aplica (2010, 2011 y 2012):
12.000 euros por VH.
Si hay varios copropietarios (con derecho a aplicar la deducción) de una VH, el límite de 12.000 euros será conjunto para todos ellos (según su cuota de participación).
Así, si hay 2 copropietarios y uno no tiene derecho a aplicar la deducción (por ejemplo, si su base imponible del IRPF en 2011 es superior a 53.007,20 euros anuales), este límite será de 12.000 euros en 2011 para el otro copropietario.
2) Límite máximo de cada año (en 2010 a 2012):
A) Cuando la base imponible del IRPF del contribuyente sea igual o inferior a 33.007,20 euros anuales:
4.000 euros anuales.
Aplicando este límite para un único propietario cada año no se supera el límite acumulado de 12.000 euros en los 3 años (2010 a 2012: 4.000 * 3 = 12.000 euros).
B) Cuando la base imponible del IRPF esté comprendida entre 33.007,20 y 53.007,20 euros anuales:
4.000 – ( ( base imponible - 33.007,20) * 20 % ).
Aplicando este límite (inferior a 4.000 euros) para un único propietario cada año tampoco se supera el límite acumulado de 12.000 euros en los 3 años (2010 a 2012: 4.000 * 3 = 12.000).
La parte de la base de la deducción que exceda del límite máximo anual puede deducirse en los 4 años siguientes. Ha de tenerse en cuenta lo siguiente:
· Cuando concurran en un año cantidades deducibles con cantidades deducibles de años anteriores (excesos del límite anual), el límite anual se aplicará a la suma de esas cantidades, deduciéndose en primer lugar las cantidades de años anteriores.
· El último año en que se podrán deducir cantidades de años anteriores es 2016 (porque 2012 más 4 años es 2016).
· Si en alguno de los 3 años (2010, 2011 y 2012) se cumplen los requisitos para aplicar la deducción (por una base determinada), pero la cuota del IRPF de ese año es cero (no se puede aplicar la deducción en ese año), la AEAT no permite que la deducción a aplicar en ese año se aplique en los 4 años siguientes. Ello es debido a que la norma no contempla expresamente esta situación.
B) Otras viviendas que no son la vivienda habitual:
Se podrá aplicar esta deducción para las cuantías pagadas en el período de tiempo 07/05/2011 – 31/12/2011 por las obras de mejora (tal como se definen en el apartado A anterior) de esas viviendas.
Excepto en el período de tiempo de pago de las cantidades y en las viviendas (no sólo la vivienda habitual) se aplica la misma regulación que en el apartado A) anterior.
No obstante, se exceptúan en este apartado B las viviendas que estén afectas a una actividad económica (empresarial o profesional).
Así, en el caso de que una vivienda esté afecta a una actividad económica (empresarial o profesional) en una parte de dicha vivienda, sobre el resto de la vivienda (menos esa parte) será aplicable la deducción.
En 2012 (para el año completo) esta deducción se aplicará para la vivienda habitual y para el resto de las viviendas (excepto las afectas a actividades económicas).
Fecha:
Mayo de 2011.
Fuente:
· Disposición adicional 29ª de la Ley 35/2006 del IRPF, con redacción vigente en 2011.
· Real Decreto-ley 5/2011, de 29 de abril, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas, con entrada en vigor con fecha 07/05/2011.
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