Deducción por obras de mejora en la vivienda habitual (VH):
Es una deducción estatal para particulares en 2010.
· Años para aplicar esta deducción:
Durante 3 años: 2010, 2011 y 2012.
En este apartado analizamos la aplicación de esta deducción en 2010.
· Requisitos para aplicar la deducción:
a) En el contribuyente:
Su base imponible del IRPF en 2010 ha de ser inferior a 53.007,20 euros anuales.
b) En las obras de mejora en la VH:
1. Estas obras han de realizarse en la VH o en el edificio en que se encuentra dicha VH.
Así, en esta deducción se aplican los mismos requisitos para la VH que en la deducción por inversión en VH.
Por tanto, para consolidar la deducción por obras de mejora en la VH se ha de residir en la vivienda durante un plazo continuado de, al menos, 3 años. En caso contrario la vivienda no se considera VH.
No obstante, se admiten determinadas circunstancias que permiten residir un plazo inferior a 3 años:
- Fallecimiento del contribuyente.
- O bien que concurran circunstancias que necesariamente exijan el cambio de vivienda, tales como separación matrimonial, traslado laboral, obtención de primer empleo o de empleo más ventajoso, u otras análogas.
2. Dichas obras han de realizarse y pagarse durante el período 14/04/2010 - 31/12/2010.
Así, al aplicar la deducción de 2010 sólo se tienen en cuenta las cantidades satisfechas por la obra durante el período 14/04/2010 - 31/12/2010.
3. El objeto de estas obras ha de ser:
· La mejora de la eficiencia energética, la higiene, salud y protección del medio ambiente, la utilización de energías renovables, la seguridad y la estanqueidad y, en particular, la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros.
· O bien favorecer la accesibilidad al edificio o a las viviendas, cumpliendo determinados requisitos legales.
· O bien la instalación de infraestructuras de telecomunicación que permitan el acceso a Internet y a servicios de televisión digital en la VH.
4. Medios de pago a las personas o entidades que realizan las obras:
· Tarjetas de crédito o débito.
· Transferencia bancaria.
· Cheque nominativo.
· Ingreso en cuentas de entidades de crédito.
· Importe de la deducción:
Resulta de aplicar el porcentaje de deducción a la base de deducción.
· Porcentaje de deducción:
10 por 100.
· Base de la deducción:
La base de la deducción en 2010 es la suma de las cantidades satisfechas por el contribuyente por las referidas obras durante el período 14/04/2010 - 31/12/2010.
Las siguientes cantidades pagadas en el período mencionado no se incluyen en la base de deducción (no dan derecho a deducción):
a) Las cantidades pagadas en efectivo por las obras.
b) Cuando las obras se realicen en plazas de garaje, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos.
c) Las cantidades por las que el contribuyente practique la deducción por inversión en VH.
Es decir, existe incompatibilidad entre la deducción por obras de mejora en la VH y la deducción por inversión en VH:
Ambas deducciones se han regulado de forma que no se solapen (que no existan casos en que sea posible aplicar ambas deducciones). Pero en caso de que se produjera el solapamiento, el contribuyente elegiría la deducción a aplicar de las dos.
La ventaja de la deducción por obras de mejora en la VH es que no se exige el reconocimiento expreso por la Comunidad Autónoma (que corresponda) de la obra de mejora realizada.
Límites máximos de la base de deducción:
Existen 2 límites máximos:
1) Límite máximo de la base “acumulada” de la deducción
en los 3 años en que se aplica (2010, 2011 y 2012):
12.000 euros por VH.
Si hay varios copropietarios (con derecho a aplicar la deducción) de una VH, el límite de 12.000 euros será conjunto para todos ellos (según su cuota de participación).
Así, si hay 2 copropietarios y uno no tiene derecho a aplicar la deducción (por ejemplo, si su base imponible del IRPF en 2010 es superior a 53.007,20 euros anuales), este límite será de 12.000 euros en 2010 para el otro copropietario.
2) Límite máximo de cada año (en 2010 a 2012):
A) Cuando la base imponible del IRPF del contribuyente
sea igual o inferior a 33.007,20 euros anuales:
4.000 euros anuales.
Aplicando este límite para un único propietario cada año no se supera el límite acumulado de 12.000 euros en los 3 años (2010 a 2012: 4.000 * 3 = 12.000 euros).
B) Cuando la base imponible del IRPF esté comprendida entre 33.007,20 y 53.007,20 euros anuales:
4.000 – ( ( base imponible - 33.007,20) * 20 % ).
Aplicando este límite (inferior a 4.000 euros) para un único propietario cada año tampoco se supera el límite acumulado de 12.000 euros en los 3 años (2010 a 2012: 4.000 * 3 = 12.000).
La parte de la base de la deducción que exceda del límite máximo anual puede deducirse en los 4 años siguientes. Ha de tenerse en cuenta lo siguiente:
· Cuando concurran en un año cantidades deducibles con cantidades deducibles de años anteriores (excesos del límite anual), el límite anual se aplicará a la suma de esas cantidades, deduciéndose en primer lugar las cantidades de años anteriores.
· El último año en que se podrán deducir cantidades de años anteriores es 2016 (porque 2012 más 4 años es 2016).
· Si en alguno de los 3 años (2010, 2011 y 2012) se cumplen los requisitos para aplicar la deducción (por una base determinada), pero la cuota del IRPF de ese año es cero (no se puede aplicar la deducción en ese año), la AEAT no permite que la deducción a aplicar en ese año se aplique en los 4 años siguientes. Ello es debido a que la norma no contempla expresamente esta situación.
Fecha: Marzo 2011.
Fuente:
· Disposición adicional 29ª de la Ley 35/2006 del IRPF, con redacción vigente a 31/12/2010.
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