Deducciones del IRPF en la Comunidad de Madrid en 2010:

Para el fomento del autoempleo de “jóvenes” menores de 35 años:

 

 

Los contribuyentes menores de 35 años que hayan iniciado con posterioridad al 23/02/2010 una actividad empresarial o profesional, dándose de alta por primera vez en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores con posterioridad a dicha fecha.

 

 

· Importe de la deducción del IRPF:

 

1.000 euros.

 

 

· Requisitos de la deducción:

 

 

a)    Que se produzca por primera vez el alta en el Censo, con posterioridad al 23/02/2010.

 

b)    Que la actividad económica (empresarial o profesional) se desarrolle principalmente en el territorio de la Comunidad de Madrid.

 

c)    Que el contribuyente se mantenga en el Censo durante al menos un año desde la fecha de alta.

 

 

 

 

 

 

 

 

Fecha:

 

Febrero de 2011.

 

 

Fuente:

 

· Artículos 3, artículo 16, artículo 18.4 (1er inciso), y Disposición Final Segunda del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, del Consejo de Gobierno, vigente a fecha 31/12/2010 (fecha en que se devenga el IRPF de 2010).

 

 

 

 

 

 

 

 

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