Deducciones del IRPF en la Comunidad de Madrid, en 2011:

Por inversiones realizadas en “entidades cotizadas” en el Mercado Alternativo Bursátil:

 

Los contribuyentes podrán aplicar una deducción del IRPF por la adquisición de acciones en procesos de ampliación de capital o de oferta pública de valores, en ambos casos a través del segmento de empresas en expansión del Mercado Alternativo Bursátil aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros del 30/12/2005.

 

 

· Importe de la deducción:

 

20 por 100 de las cantidades invertidas.

 

Máximo de deducción: 10.000 euros.

 

 

· Requisitos de la deducción:

 

a) Que las acciones (o participaciones) adquiridas se mantengan al menos durante 2 años.

 

b) Que la participación en la entidad sea inferior o igual al 10 por 100 del capital social.

 

c) Que la sociedad (en que se participa):

 

· Tenga el domicilio social y fiscal en la Comunidad de Madrid.

· No tenga como actividad principal la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario.

 

Los requisitos b) y c) anteriores deberán cumplirse durante todo el plazo de  2 años (plazo mínimo de la inversión).

 

 

· Incompatibilidades entre deducciones:

 

Esta deducción es incompatible (para las mismas inversión) con la “deducción por adquisición de acciones (o participaciones sociales) de nuevas entidades o de reciente creación”.

 

 

 

 

 

 

 

Fecha:

 

Febrero de 2011.

 

 

Fuente:

 

· Artículo 3, artículo 17 y artículo 18.4 (1er inciso) del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, del Consejo de Gobierno, vigente en 2011.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El contenido de este sitio web tiene únicamente propósitos informativos, por lo que no constituye asesoramiento legal. Mostramos información, ideas generales y opiniones sobre determinados temas con objeto de dar una simple orientación a las personas que acceden a nuestra web.

 

La normativa está en constante cambio y la información aquí mostrada puede no ser completa o correcta, dependiendo de la fecha de acceso y de las circunstancias particulares de cada supuesto en concreto. Por ello, le aconsejamos que acuda a un profesional para aplicar a cada caso concreto esas ideas generales, opiniones o información mostradas en la web.