6) Recuperación del IVA repercutido “no cobrado”:

 

Hacemos toda la gestión para la recuperación ante la AEAT del IVA repercutido no cobrado por un autónomo, un profesional o una sociedad, tanto si el deudor se encuentra en concurso de acreedores (se aplica un procedimiento determinado) como si no (se aplica otro procedimiento determinado).

 

Este servicio conlleva por parte de nuestro despacho una dedicación de tiempo adecuada con objeto de cumplir todos los requisitos, plazos y pasos de los dos procedimientos (correspondientes a las soluciones A y B indicadas en el apartado Le damos ideas) establecidos para la recuperación de las cuotas de IVA repercutido de  cada factura no cobrada (total o parcialmente), llevando, a la vez, un minucioso control de los créditos de cada autónomo, profesional o sociedad contra sus deudores morosos.

 

Además, nuestro despacho podrá asesorarle para reclamar judicialmente los créditos no cobrados, incluidas las cuotas repercutidas del IVA.