Plazo de vigencia de un CE:

 

Si el CE ha sido expedido por la FNMT:

A)   CE de una persona física:         3 años.

B)   CE de una sociedad:                2 años.

 

Terminado el plazo de validez mencionado (3 ó 2 años), el CE caduca y deja de estar operativo, por lo que habría que partir otra vez del paso 1 del proceso antes descrito (para persona física o sociedad) para volver a solicitar un nuevo CE.

Por tanto, es conveniente no esperar a que el CE caduque, y renovarlo (por internet) durante el plazo de 60 días antes de que caduque. Conviene controlar el plazo de vigencia, pues no se suele recibir ningún aviso de la FNMT de la fecha de caducidad y es habitual que los CEs caduquen (por no haber sido renovados previamente).

 

 

 

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