Novedades fiscales 2011:
IRPF / Retenciones:
a) Rendimientos del trabajo:
Se aplicará en 2011 una nueva escala de retenciones del IRPF para los rendimientos del trabajo.
Mediante dicha escala se calcula en 2011 el tipo de retención del IRPF aplicable a los rendimientos del trabajo, quedando fijado el tipo máximo de retención en el 45 %.
Fuente:
· Artículos 85.1.1 y 87.5 del Reglamento del IRPF, aprobado por Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo.
b) Rendimientos del trabajo y rendimientos de actividades económicas:
Se fija en 22.000 euros el nuevo importe de los rendimientos del trabajo o de actividades económicas que permite anticipar la aplicación de la futura deducción por inversión en vivienda habitual en el cálculo del tipo de retención (rendimientos del trabajo: la retención se reducirá en 2 puntos) o del pago fraccionado (autónomos y profesionales: el rendimiento neto se reducirá en un 2%).
Los requisitos (en general) para estas reducciones son:
· Los rendimientos (del trabajo o empresariales) del año han de
ser inferiores al límite señalado.
· Ha de existir financiación ajena en la adquisición de la vivienda
habitual.
· Tener derecho a aplicar la deducción por inversión o
rehabilitación de vivienda habitual en el año en curso.
Fuente:
· Artículos 86.1, 88.1 y 110.3.d del Reglamento del IRPF, aprobado por Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo.
c) 2 nuevos supuestos de retención:
Se someterán a retención las cantidades percibidas en el supuesto de reparto de la prima de emisión de acciones y en el supuesto de reducción de capital social con devolución de aportaciones efectuadas por sociedades de inversión de capital variable y otros organismos de inversión colectiva.
Fuente:
· Artículos 75.3 h), 76.2 Y 93.5 del Reglamento del IRPF, aprobado por Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo.
Fecha:
Marzo de 2011.
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