Novedades fiscales 2011:

IRPF / Retenciones:

 

 

a)   Rendimientos del trabajo:

 

Se aplicará en 2011 una nueva escala de retenciones del IRPF para los rendimientos del trabajo.

 

Mediante dicha escala se calcula en 2011 el tipo de retención del IRPF aplicable a los rendimientos del trabajo, quedando fijado el tipo máximo de retención en el 45 %.

 

Fuente:

· Artículos 85.1.1 y 87.5 del Reglamento del IRPF, aprobado por Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo.

 

b)   Rendimientos del trabajo y rendimientos de actividades económicas:

                       

Se fija en 22.000 euros el nuevo importe de los rendimientos del trabajo o de actividades económicas que permite anticipar la aplicación de la futura deducción por inversión en vivienda habitual en el cálculo del tipo de retención (rendimientos del trabajo: la retención se reducirá en 2 puntos) o del pago fraccionado (autónomos y profesionales: el rendimiento neto se reducirá en un 2%).

 

Los requisitos (en general) para estas reducciones son:

                      

     · Los rendimientos (del trabajo o empresariales) del año han de

     ser inferiores al límite señalado.       

     · Ha de existir financiación ajena en la adquisición de la vivienda

     habitual.

     · Tener derecho a aplicar la deducción por inversión o

     rehabilitación de vivienda habitual en el año en curso.

 

Fuente:

· Artículos 86.1, 88.1 y 110.3.d del Reglamento del IRPF, aprobado por Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo.

 

c)   2 nuevos supuestos de retención:

 

Se someterán a retención las cantidades percibidas en el supuesto de reparto de la prima de emisión de acciones y en el supuesto de reducción de capital social con devolución de aportaciones efectuadas por sociedades de inversión de capital variable y otros organismos de inversión colectiva.

Fuente:

 

· Artículos 75.3 h), 76.2 Y 93.5 del Reglamento del IRPF, aprobado por Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo.

 

 

Fecha:

Marzo de 2011.

                                     

 

  

 

 

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