Novedades fiscales 2011:

IVA:

 

Autofacturas:

 

 

Ya no hay que emitir autofacturas en las operaciones de inversión del sujeto pasivo.

 

Así, en dichas operaciones, el documento que justifica la deducción del IVA soportado (IVA español) será la factura emitida por el proveedor extranjero (factura que no lleva ni IVA español ni IVA extranjero).

 

 

 

 

 

 

  

 

 

 

 

 

 

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