Ejemplo en la regulación C de libertad de amortización:

 

Una sociedad compró una nave industrial nueva con fecha 01/01/2004 por importe de 400.000 euros (sin IVA). En dicha fecha tuvo lugar la puesta a disposición y la entrada en funcionamiento de la nave.

 

Datos económicos de la sociedad en 2011:

 

Los ingresos son de 470.000 euros y los gastos de 300.000 euros (sin incluir la amortización de la nave).

 

La sociedad ha venido amortizando cada año a un 3 % la nave industrial (es el coeficiente lineal máximo según tablas), y la parte de la nave correspondiente al suelo es un 40 %.

 

Datos de la plantilla media de la sociedad:

 

· Plantilla media en 2003:   4 empleados.

· La plantilla media de los 24 meses que suman 2004 y 2005: 7 empleados.

· La plantilla media de los 24 meses que suman 2006 y 2007: 6 empleados.

 

¿Se puede aplicar libertad de amortización sobre la nave industrial en 2011?.

 

 

Dado que dicho activo (nave industrial) fue adquirido (entregado físicamente) en 2004, se puede aplicar libertad de amortización sobre la nave industrial a efectos del IS 2011, pero aplicando la regulación C (vigente en 2004), como se muestra a continuación:

 

 

Se cumplen todos los requisitos exigidos en la regulación C de libertad de amortización:

 

 

a)    La sociedad adquirió el activo nuevo (no usado), y es del inmovilizado material.

 

b)    La sociedad tenía la consideración de empresa de reducida dimensión en el año 2004.

 

c)    El activo se puso a disposición de la sociedad en el año 2004.

 

d)    La sociedad creó empleo (se incrementó la plantilla) de la forma siguiente (forma establecida en la regulación C):

 

· Incremento 1:

 

La plantilla media de los 24 meses que suman 2004 y 2005 se incrementó respecto de la plantilla media de 2003:

 

7 – 4 = 3 empleados

 

· Incremento 2:

 

La plantilla media de los 24 meses que suman 2006 y 2007 también se incrementó respecto de la plantilla media de 2003:

 

6 – 4 = 2 empleados

 

Existe incremento 2, pero el incremento 2 (2 empleados) es menor que el incremento 1 (3 empleados), por lo que se aplica la libertad de amortización de la nave en base al incremento 2 (en definitiva, en 2004 y 2005 la plantilla media aumentó respecto de 2003 en 2 empleados y dicho incremento se mantuvo en la plantilla media de los años 2006 y 2007 respecto de 2003).

 

e)    Límite máximo del importe de las inversiones realizadas en 2004 a amortizar libremente cada año (desde 2004 inclusive):

 

Nº de empleados (incremento de la plantilla media calculado con dos decimales) * Importe fijo de 2004.

 

Donde el “importe fijo” del año 2004 es 90.151,82 euros.

            

Por tanto, el límite máximo es:

2 empleados * 90.151,82 = 180.303,64 euros.

 

f)    Suponemos que se ha contabilizado en 2011 en la sociedad la amortización mínima de la nave.

 

 

 

Por tanto, en 2011 la nave industrial se podría amortizar libremente (hasta el importe máximo de la amortización pendiente) a efectos del IS, con la regulación C, con el límite máximo indicado en e):

 

 

         · Base de amortización en 2011:

 

                   400.000 * 60 % = 240.000

 

Es decir, es el coste de adquisición correspondiente a la edificación.

 

         · Amortización fiscal aplicada en 2004 – 2010

          (7 años):

 

                   240.000 * 3 % * 7 años =  50.400

 

         · Amortización pendiente a 01/01/2011:

 

                   240.000 – 50.400 = 189.600 euros       

 

 

Por tanto, la amortización fiscal máxima de la nave a aplicar en 2011 sería, en principio, 189.600 euros, a lo que aplicamos el límite máximo de 180.303,64 euros.

 

Así, en 2011 (o en 2011 y en los años siguientes mientras se utilice la nave y se encuentre pendiente de amortizar) se podrá considerar un gasto fiscal a efectos del IS por importe de 180.303,64 euros, en concepto de la amortización de la nave.

 

 

Téngase en cuenta que desde 2004 hasta 2010, ambos inclusive, se consideraba sólo como amortización fiscal de la nave en cada año el importe de 7.200 euros (= 240.000 * 3%).

 

Gracias a la libertad de amortización (según la regulación C) en 2011 hemos aplicado una amortización fiscal de la nave mayor a 7.200 euros, en 173.103,64 euros (=180.303,64 – 7.200).

 

 

 

Ello demuestra la gran importancia de la ventaja fiscal de la “libertad de amortización”.

 

 

Base imponible del IS 2011:

 

470.000 – 300.000 - 180.303,64 = - 10.303,64 euros

 

Si no hubiéramos aplicado libertad de amortización de la nave en 2011, la base imponible del IS 2011 habría sido la siguiente:

 

470.000 – 300.000 – 7.200 = 162.800 euros

 

Es decir, aplicando libertad de amortización de la nave no se habría pagado nada en el IS 2011, y sin aplicar libertad de amortización de la nave se habría pagado lo siguiente:

 

162.800 * 25 % = 40.700 euros

 

 

Insistimos, ello demuestra la gran importancia de la ventaja fiscal de la “libertad de amortización”.

 

 

 

Además, con esta regulación C, en el ejemplo (similar a un caso real tratado en el despacho) hemos aplicado la libertad de amortización a una nave industrial en 2011 (año con crisis económica) en base al incremento de la plantilla de una sociedad en unos años (2003 a 2007) en que no hubo crisis económica.

 

 

Lógicamente, también se podría hacer el cálculo del ejemplo anterior de forma similar para aplicar la libertad de amortización a la nave industrial en 2010 y así reducir el IS 2010, a pagar en Julio de 2011.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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