Deducción por inversión en vivienda habitual (VH) en 2011:
Esta es una deducción estatal para particulares en 2011 (declaración de renta a presentar en Junio de 2012).
Novedades 2011:
En 2011 existen pocas
novedades en esta deducción respecto de 2010:
Para las VHs adquiridas en 2011 la deducción se aplica, en general, de la misma forma que en 2009 y 2010.
Al principio, para las VHs adquiridas en 2011 se exigió como condición para aplicar esta deducción que la base imponible del IRPF del contribuyente fuese inferior a 24.107,20 euros, pero luego se quitó ese requisito:
En consecuencia, la deducción por inversión en vivienda habitual se podrá aplicar desde 01/01/2011 como en 2010, a todos los contribuyentes, con independencia del importe de su base imponible del IRPF.
Y la base máxima de deducción se ha incrementado de 9.015 euros anuales a 9.040 euros anuales.
En el apartado de esta deducción para el año 2010 puede ver más información sobre la regulación aplicable a la misma en 2011.
· Compatibilidad con la deducción por alquiler de VH:
En 2011 (declaración de renta a presentar en Junio de 2012) un mismo contribuyente puede aplicar la deducción por alquiler de la VH y la deducción por inversión en VH, si en dicho año vive en una VH alquilada (cumpliendo los requisitos de la deducción por alquiler de VH) y en dicho año deposita cantidades en una cuenta vivienda o paga cantidades para la construcción de una vivienda, bien sea directamente (por los gastos derivados de la ejecución de la obra) o bien entregando esas cantidades al promotor de la vivienda en construcción.
· Compensación fiscal en 2011 por VHs adquiridas antes del 20/01/2006.
· Deducción por adquisición de la VH en la Comunidad de Madrid en 2011:
Como se indica en el apartado de deducciones del IRPF de la Comunidad de Madrid para los particulares, en 2011 son aplicables las siguientes deducciones en relación con la VH:
1) Deducción complementaria de la deducción autonómica por inversión en VH.
2) Deducción adicional por inversión en VH de nueva construcción.
Fecha: Marzo 2011.
Fuente:
· Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, con la redacción vigente desde 01/01/2011:
- Disposición Transitoria 18ª.
- Artículo 68, apartado 1.
- Artículo 70.
- Artículo 78.
· Artículos 54 a 57 del Reglamento del IRPF, aprobado por Real Decreto 439/2007, de 30 de Marzo.
· Artículo 1.462 del Código Civil, aprobado por Real Decreto de 24 de julio de 1889.
· Para la compensación fiscal:
- Disposición Transitoria 13ª, letra c), de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, con la redacción vigente desde 01/01/2011.
- Disposición Transitoria 8ª de la Ley 39/2010, de 22 Diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011.
- Artículo 69.1.1º.b del Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 Marzo, según su redacción vigente a fecha 31/12/2006.
- Artículo 55 del Real Decreto 1775/2004, de 30 Julio, según su redacción vigente a fecha 31/12/2006.
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