Deducciones del IRPF en la Comunidad de Madrid en 2010:
Por "adopción internacional" de hijos:
Concepto:
Se entenderá que la adopción tiene carácter internacional cuando así resulte de las normas y convenios aplicables a esta materia.
· Importe de la deducción:
Los contribuyentes podrán deducir 600 euros por cada hijo adoptado en 2010.
Esta deducción es compatible con la deducción por nacimiento o adopción de hijos descrita en el apartado 1 anterior. Le
· Padres que aplican la deducción:
Cuando el niño adoptado conviva con ambos padres adoptivos y estos opten por tributación individual, la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración del IRPF de cada uno de ellos.
Fecha:
Febrero de 2011.
Fuente:
· Artículo 3, artículo 5 y artículo 18.4 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, del Consejo de Gobierno, vigente a fecha 31/12/2010 (fecha en que se devenga el IRPF de 2010).
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