· Conclusión importante en la comparación de la tributación de un autónomo (IRPF) y de una sociedad mercantil (IS) en 2011:
Como se muestra abajo, en 2011 el tipo de gravamen general en el Impuesto sobre Sociedades (IS) de las PYMES (sociedades mercantiles) es del 20 % o del 25 %.
Por otro lado, en la escala general del IRPF en 2011 se observa lo siguiente:
- Cualquier persona física (en nuestro caso un autónomo, sea cual sea el importe de su renta total en 2011) tributará por el IRPF en 2011 a más del 20 % de tipo medio de gravamen (incluso las rentas menores de 17.707,20 euros tributan al 23,60 %).
- Y una persona física (en nuestro caso, un autónomo) con una renta mayor de 26.889 euros (ver cálculo) tributará por el IRPF en 2011 a más del 25 % de tipo medio de gravamen.
Aunque es verdad que habría que calcular, a partir de la declaración de renta de 2011 de cada autónomo, el tipo efectivo de gravamen del IRPF para dicho año, dividiendo el importe a pagar de su declaración entre el importe de su renta total y multiplicando por 100.
Así, el tipo efectivo de gravamen resultante será inferior al tipo medio de gravamen (resultante de la escala general del IRPF en 2011), debido al efecto de las reducciones de la base, deducciones en la cuota … etc.
En consecuencia, habrá que ver si el tipo efectivo de gravamen del IRPF en 2011 de un autónomo es superior al 20 ó 25 por 100, para poder comparar con exactitud con la situación en que ese autónomo realizara su actividad empresarial a través de una sociedad (en vez de cómo persona física).
Como indicábamos anteriormente, en 2011 el tipo de gravamen general en el Impuesto sobre Sociedades (IS) de las PYMES (sociedades mercantiles) es el siguiente:
A) Microempresas:
Como regla general el 20 % (ver más información).
B) Resto de las PYMES:
Como regla general al 25 % (ver más información).
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