Deducciones del IRPF 2011 en la "Comunidad de Madrid" para "autónomos":

 

Estas deducciones sólo se aplican por los contribuyentes que en 2011 hayan tenido su residencia habitual en el territorio de la Comunidad Autónoma de Madrid.

 

Requisitos para ser residente en 2011 en la Comunidad Autónoma de Madrid.

 

 

La única deducción del IRPF de la Comunidad de Madrid aplicable en 2011 a un autónomo es la “deducción para el fomento del autoempleo de jóvenes” menores de 35 años”, que exponemos abajo.

 

En 2011 se aplica dicha deducción en los mismos términos que en 2010, aunque para todo el año 2011.

 

Además, en 2011 serán aplicables a los autónomos, como particulares, las deducciones de la Comunidad de Madrid que hemos señalado en el apartado de “particulares”.

 

 

 

 

Para el fomento del autoempleo de “jóvenes” menores de 35 años:

  

Los contribuyentes menores de 35 años que inicien en 2011 una actividad empresarial (como autónomo), dándose de alta por primera vez en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

 

 

· Importe de la deducción del IRPF:

 

1.000 euros.

 

 

· Requisitos de la deducción:

 

a)    Que exista en 2011 el alta por primera vez en el Censo.

b)    Que la actividad empresarial se desarrolle principalmente en el territorio de la Comunidad de Madrid.

c)    Que el contribuyente se mantenga en el Censo durante al menos un año desde la fecha de alta.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fecha:

 

Febrero de 2011.

 

 

 

Fuente:

 

· Artículos 3, artículo 16, artículo 18.4 (1er inciso), y Disposición Final Segunda del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, del Consejo de Gobierno, vigente en 2011.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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