Ejemplo:
Un autónomo compró un ordenador con fecha 05/12/2010.
Con fecha 10/01/2011 recibió físicamente el ordenador.
Con fecha 01/02/2011 empezó a utilizar el ordenador.
· Fecha de adquisición: 05/12/2010.
Es decir, el autónomo adquirió el ordenador en 2010.
· Fecha de puesta a disposición del ordenador: 10/01/2011. Es decir, en 2011.
Por tanto, para determinar la libertad de amortización del ordenador (en cualquier año: 2011 …) aplicará la regulación A) (no la regulación B).
· Fecha de entrada en funcionamiento del ordenador: 01/02/2011.
Por tanto, a partir de dicha fecha se podrá amortizar el ordenador e, igualmente, se le podrá aplicar la libertad de amortización.
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