Deducción por "cuenta ahorro - empresa" en 2010, para autónomos:
Es una deducción estatal para autónomos en 2010 (declaración de renta a presentar en Junio de 2011).
Se incentiva el ahorro con la finalidad de constituir “sociedades Nueva Empresa”, de la misma forma que las cuentas vivienda.
· Base de la deducción:
La suma de las cantidades depositadas en la cuenta corriente durante 2010 (hasta la fecha de suscripción de las participaciones de la sociedad Nueva Empresa), con el límite máximo de 9.000 euros en el año.
· Importe de la deducción:
15 por 100 de la base de deducción.
Dado que el límite máximo de la base de deducción es de 9.000 euros para un año, el límite máximo de la deducción para 2010 es de 1.350 euros (= 9.000 x 15 %).
· Requisitos para la deducción:
Han de cumplirse determinados requisitos para aplicar la deducción.
Además, ha de cumplirse el requisito especial de que el valor del patrimonio del contribuyente a 31/12/2010 exceda de su valor a fecha 01/01/2010, al menos en la cuantía de las inversiones realizadas (cantidades depositadas en la cuenta corriente).
Fecha:
Febrero 2011.
Fuente:
· Artículo 68, apartado 6, y artículo 70 de la Ley 35/2006 del IRPF.
· Hasta la fecha 31/08/2010 las sociedades Nueva Empresa se encontraban reguladas en la Ley 2/1995, de 23 de Marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada (Capítulo XII).
· A partir de 01/09/2010 las sociedades Nueva Empresa se encuentran reguladas en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (Título XII), aprobado por el artículo único del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.
El contenido de este sitio web tiene únicamente propósitos informativos, por lo que no constituye asesoramiento legal. Mostramos información, ideas generales y opiniones sobre determinados temas con objeto de dar una simple orientación a las personas que acceden a nuestra web.
La normativa está en constante cambio y la información aquí mostrada puede no ser completa o correcta, dependiendo de la fecha de acceso y de las circunstancias particulares de cada supuesto en concreto. Por ello, le aconsejamos que acuda a un profesional para aplicar a cada caso concreto esas ideas generales, opiniones o información mostradas en la web.